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La fragilidad del "escrache" digital: Por qué un acta notarial visual no basta para probar una difamación en redes

En el ecosistema de las redes sociales, un comentario puede destruir una reputación en minutos, pero probar legalmente esa agresión requiere mucho más que una simple observación. Un reciente fallo de la justicia marplatense pone bajo la lupa la eficacia de las actas notariales tradicionales y resalta la necesidad imperativa de protocolos forenses para la preservación de la evidencia digital.


1) Breve Resumen del Caso

El Sr. M.M.M., un perforador de pozos con más de 20 años de trayectoria bajo el nombre de fantasía "R.M.", demandó por daños y perjuicios al Sr. C.N.G.. El conflicto se originó cuando llegó a conocimiento del actor una publicación en el grupo de Facebook "SHOPPING Balcarce (las 24 hs)", donde se lo tildaba de "miserable" y "estafador" debido a un desperfecto en una bomba sumergible instalada tres años antes. El demandante alegó una lesión dolosa a su honor y solicitó una indemnización de $2.500.000, además de una retractación pública en redes y medios de comunicación.

2) Juzgado o Tribunal Interviniente

La sentencia definitiva fue dictada por la Dra. Mariana Lucía Tonto de Bessone, titular del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 10 de Mar del Plata.


3) Decisión Tomada

La magistrada resolvió rechazar la demanda en todas sus partes, imponiendo las costas al actor en su carácter de vencido. El tribunal determinó que no se probó la relación causal ni la autoría del demandado respecto de la publicación injuriosa. Aunque un escribano constató haber visto el posteo, la pericia informática posterior no pudo localizarlo, y se determinó que el acta notarial carecía de los estándares técnicos necesarios para validar la integridad o el origen de la evidencia digital presentada.


4) Temática Novedosa en Relación a la Tecnología

El fallo resulta disruptivo al establecer estándares técnicos rigurosos para la admisibilidad de la prueba en entornos digitales:

  • Insuficiencia del Acta Notarial "de Vista": La sentencia aclara que, si bien un escribano da fe pública de lo que observa, el acta carece de rigor científico si no describe un protocolo de informática forense. El experto señaló que no se utilizaron certificados digitales (hash) ni dispositivos de almacenamiento para preservar la evidencia original.

  • La Volatilidad de la Prueba Digital: El caso demuestra la naturaleza efímera de las redes sociales. Al momento de la diligencia pericial, el contenido ya no estaba disponible ("Este contenido no está disponible en este momento"), lo que impidió determinar si la publicación había sido editada, modificada o suplantada.

  • Identificación vs. Autenticación: El tribunal subrayó que observar una publicación con un título o nombre no es suficiente para asegurar que la misma provenga efectivamente del demandado o de un perfil que le pertenezca, si no se realiza un análisis técnico de la cuenta.


5) Tres Preguntas a Modo de Reflexión

  1. Ante la desaparición casi instantánea de contenidos en la red, ¿están los profesionales del derecho capacitados para asesorar sobre la preservación técnica inmediata mediante hashes y metadatos?.

  2. ¿Debería el notariado evolucionar hacia actas digitales que incluyan obligatoriamente informes técnicos forenses para no perder eficacia probatoria en juicios por difamación?.

  3. ¿Cómo puede un ciudadano común proteger su reputación digital si la barrera de entrada para una prueba válida requiere de peritajes técnicos costosos y protocolos de informática forense?


Boletin Fallo MMM



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Nota: Contenido generado utilizando NotebookLM

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