La propiedad de la identidad digital a examen: El caso "@labuenainfo" contra Meta
- Prosecretaría de Políticas Digitales FCJyS-UNLP
- hace 6 horas
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En la era de la economía de la atención, una cuenta de redes sociales con miles de seguidores es mucho más que un perfil: es un activo comercial estratégico. Sin embargo, cuando las plataformas deciden suspender el acceso, el camino judicial para recuperarlas exige un rigor probatorio que trasciende la mera ocupación del espacio virtual. Un reciente fallo analiza los límites de las medidas cautelares ante la falta de acreditación fehaciente del vínculo entre el usuario y su cuenta.
1) Breve Resumen del Caso
El Sr. Fernando Daniel Tocho inició una acción judicial contra las empresas del grupo Meta (Instagram, Facebook y Threads) tras la pérdida de acceso a la cuenta de Instagram conocida como "@labuenainfo". El actor denunció la suspensión de su perfil y de una serie de activos comerciales vinculados, como cuentas publicitarias y administradores comerciales de Meta. Ante esta situación, solicitó una medida cautelar innovativa urgente para recuperar el acceso pleno y asegurar que la plataforma no elimine ni degrade la información, seguidores y estadísticas del perfil mientras se sustancia el reclamo principal.
2) Juzgado o Tribunal Interviniente
La resolución fue dictada por el Juzgado Civil y Comercial Federal N° 8, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha 26 de mayo de 2026.
3) Decisión Tomada
El magistrado resolvió desestimar la medida cautelar peticionada por el actor. El fundamento central del rechazo radicó en que, de la documentación acompañada en el inicio de la demanda, no surgió una vinculación clara y fehaciente entre el Sr. Tocho y la cuenta que pretendía recuperar. El tribunal consideró que un correo electrónico enviado en mayo de 2026 no resultaba suficiente para acreditar la titularidad. Al tratarse de una "medida innovativa" —que altera el estado de hecho existente—, el juez determinó que se requiere una prudencia extrema y una "sumario cognitio" que el actor no logró satisfacer al no probar, al menos superficialmente, ser el dueño legítimo de la cuenta.
4) Temática Novedosa en Relación a la Tecnología
El fallo pone de relieve la complejidad jurídica de los "Activos Digitales" y la "Titularidad de Identidad Virtual":
El Portfolio Comercial Meta como objeto de derecho: La demanda identifica específicamente activos técnicos como el "ID N° 476169906220451" y centros de cuentas publicitarias, reconociendo que la presencia en redes sociales es hoy una estructura comercial compleja y no solo un perfil personal.
La Carga de la Prueba de Titularidad: Lo novedoso es la exigencia judicial de una prueba documental robusta para vincular a una persona física con un handle o usuario. En un entorno donde las cuentas suelen crearse con seudónimos o correos genéricos, el fallo establece que el sistema judicial no otorgará medidas urgentes si no existe un nexo jurídico verificable que demuestre quién es el titular detrás de la pantalla.
Conflicto con la Libertad de Expresión: El tribunal advirtió que ordenar a una plataforma la restitución de una cuenta mediante una cautelar podría implicar restringir, paradójicamente, el derecho constitucional a la libre expresión si no se ponderan adecuadamente los recaudos de admisión.
5) Tres Preguntas a Modo de Reflexión
Ante la falta de registros oficiales de "propiedad" de usuarios en redes sociales, ¿qué pruebas documentales deberían considerarse suficientes para que un juez reconozca la titularidad de un activo digital?
¿Es la naturaleza de la "medida innovativa" demasiado rígida para la velocidad de los daños que se producen en el entorno digital (pérdida de seguidores, métricas y monetización)?
¿Deberían las plataformas tecnológicas facilitar mecanismos de "verificación de identidad legal" que tengan validez probatoria inmediata ante un conflicto judicial?

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Nota: Contenido generado utilizando NotebookLM



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