Mercado Libre y la Responsabilidad en el E-commerce: Más allá del rol de "mero intermediario"
- Alejandro Batista

- 18 mar
- 3 Min. de lectura
El comercio electrónico ha transformado la forma en que consumimos, pero también plantea nuevos desafíos jurídicos sobre la responsabilidad de las grandes plataformas. Un reciente fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial analiza si programas como "Compra Protegida" y servicios de logística propia convierten a un buscador de productos en un integrante activo de la cadena de comercialización.
1) Breve Resumen del Caso
El proceso se inició cuando el Sr. Omar Alberto Almirón adquirió un televisor Samsung QLED de 50 pulgadas a través de la plataforma de Mercado Libre al vendedor Coruscant SA. Al recibir el producto, el actor constató que la pantalla estaba dañada y formuló un reclamo dentro de la plataforma solicitando el cambio. Mercado Libre le indicó que debía devolver el televisor para reintegrarle los fondos, pero ante la falta de devolución inmediata por parte del usuario, la empresa cerró el reclamo y liberó el dinero a favor del vendedor. El actor demandó por incumplimiento contractual, alegando que la plataforma no podía desentenderse de la entrega de un producto defectuoso.
2) Juzgado o Tribunal Interviniente
La resolución fue dictada por la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, con los votos de las Dras. María Guadalupe Vásquez y Matilde E. Ballerini.
3) Decisión Tomada
El tribunal resolvió confirmar la sentencia de primera instancia, rechazando el recurso de apelación de Mercado Libre SRL. En consecuencia, se determinó:
La responsabilidad solidaria de Mercado Libre, Samsung Electronics Argentina SA y Coruscant SA por los daños derivados del vicio del producto.
La condena a entregar al actor una suma equivalente al valor actual de un televisor de similares características al adquirido, más intereses.
La confirmación de una indemnización por daño moral fijada en $735.000, más intereses.
La procedencia de la capitalización de intereses desde la notificación de la demanda.
4) Temática Novedosa en Relación a la Tecnología
Lo verdaderamente disruptivo de este fallo radica en la distinción técnica que realiza sobre el rol de las plataformas de mercados electrónicos. Mientras Mercado Libre alegaba ser un "facilitador" o "mero canal" (neutral y pasivo), la Cámara determinó que su rol fue activo.
Los puntos claves que definen esta responsabilidad tecnológica son:
Exceso de la intermediación neutral: La plataforma no se limitó a publicar un aviso (similar a los antiguos clasificados), sino que intervino activamente en la conclusión del contrato.
Ecosistema de servicios integrados: El uso de herramientas propias como "Mercado Pago" para canalizar el pago y "Mercado Envíos" para el transporte demuestra una participación directa en la ejecución del negocio.
Garantía implícita y lucro: El programa "Compra Protegida" es visto por el tribunal como una cobertura que induce al consumidor a confiar en la seguridad de la transacción. Además, la percepción de una comisión (en este caso, cercana al 13% del valor de venta) confirma su carácter de proveedora dentro de la cadena de comercialización.
Referencia al Derecho Comparado: El fallo cita el Reglamento Europeo de Servicios Digitales (DSA) 2022/2065, destacando que la exención de responsabilidad no aplica cuando la plataforma permite transacciones que inducen al consumidor a creer que el servicio es proporcionado bajo su control.
5) Tres Preguntas a Modo de Reflexión
¿Pueden los "Términos y Condiciones" de una plataforma digital limitar las garantías legales mínimas establecidas por la Ley de Defensa del Consumidor?
Ante la integración de pagos, envíos y seguros de compra, ¿ha dejado de existir el rol de "intermediario neutral" para las grandes corporaciones de e-commerce?
¿Debería el derecho argentino sancionar una ley específica de servicios digitales que defina claramente cuándo una plataforma se convierte en proveedora responsable, siguiendo el modelo europeo?

Acceder al fallo en Diariojudicial aquí
Nota: Contenido generado utilizando NotebookLM



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