El Algoritmo en el Estrado: El TSJ de Canarias y la Sanción por "Jurisprudencia Fantasma"
- Prosecretaría de Políticas Digitales FCJyS-UNLP
- 6 ene
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La integración de la Inteligencia Artificial en la práctica jurídica ha pasado de ser una promesa de eficiencia a un riesgo procesal tangible. Un reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias pone de manifiesto las graves consecuencias de delegar la fundamentación jurídica en algoritmos sin supervisión, detectando lo que la doctrina ya denomina "alucinaciones" o citas jurisprudenciales inexistentes en un recurso de apelación.
1) Breve Resumen del Caso
El caso se originó a partir de una denuncia por agresión sexual contra Severiano, quien fue acusado de abusar de una menor, Amparo, aprovechando que ella se encontraba convaleciente en su domicilio. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife dictó una sentencia absolutoria al considerar que existían dudas razonables sobre la falta de consentimiento y el uso de violencia.
La acusación particular interpuso un recurso de apelación alegando un error en la valoración de la prueba. Para sustentar su postura sobre la credibilidad de la víctima y el trauma en menores, el letrado incluyó múltiples citas textuales atribuidas al Tribunal Supremo. No obstante, al intentar verificar dichas fuentes, el tribunal descubrió que se trataba de "citas apócrifas" o inexistentes.
2) Juzgado o Tribunal Interviniente
La resolución fue dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria. El ponente fue el Excmo. Sr. D. Juan Luis Lorenzo Bragado.
3) Decisión Tomada
El Tribunal resolvió lo siguiente:
Desestimar el recurso de apelación interpuesto por la acusación particular, confirmando íntegramente la sentencia absolutoria de primera instancia. El Tribunal consideró que la valoración de la prueba de la Audiencia Provincial fue coherente y razonable.
Formar una pieza separada para depurar las responsabilidades en las que haya podido incurrir el letrado de la acusación. La Sala consideró que la presentación de jurisprudencia falsa constituye una "palmaria negligencia" y una vulneración de los principios de buena fe y lealtad procesal.
4) Temática Novedosa en Relación a la Tecnología
La nota disruptiva de este fallo reside en la identificación de la "libérrima creatividad jurídica" provocada por algoritmos. El tribunal detectó que el recurso contenía una serie de citas del Tribunal Supremo (como la supuesta STS 494/2020 o la STS 104/2019) cuyos textos entrecomillados no guardaban relación con la realidad documentada o eran directamente inexistentes.
La Sala concluyó que el profesional "fio su trabajo, sin mayor revisión, a lo que el algoritmo le propuso", omitiendo la diligencia básica de verificar la fuente. Este fallo sienta un precedente crítico sobre la responsabilidad del abogado en el uso de IA, advirtiendo que la "abundancia de referencias" generadas artificialmente no infunde autoridad, sino que evidencia una conducta negligente que debe ser sancionada para preservar la integridad del sistema judicial.
5) Tres Preguntas a Modo de Reflexión
1. ¿Debe el deber de diligencia profesional de los abogados incluir una certificación obligatoria de que las citas jurisprudenciales no han sido generadas por sistemas de IA sin verificación humana?.
2. ¿Representa la "alucinación" de un algoritmo una nueva forma de fraude procesal cuando se utiliza para inducir a error al tribunal sobre la doctrina aplicable?.
3. Ante la sofisticación de los modelos de lenguaje, ¿deberían los sistemas de gestión judicial incorporar validadores automáticos de sentencias para alertar a los magistrados sobre citas sospechosas o inexistentes?.

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Nota: Contenido generado utilizando NotebookLM



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