¿Ficción Jurídica o Error Algorítmico? El Tribunal de Viedma advierte sobre el uso de IA en la redacción de demandas
- Prosecretaría de Políticas Digitales FCJyS-UNLP
- 31 dic 2025
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La integración de la Inteligencia Artificial Generativa (IAGen) en la práctica forense ha dejado de ser una posibilidad futura para convertirse en una realidad con consecuencias procesales inmediatas. En un reciente fallo, la justicia de Río Negro no solo resolvió un conflicto laboral de larga data, sino que también marcó un límite ético y técnico al detectar el uso de "jurisprudencia inexistente" en los escritos de la parte actora, presuntamente generada mediante herramientas de IA sin la debida supervisión humana.
1) Breve Resumen del Caso
La señora Verónica Luján Cabrera promovió una demanda laboral por despido incausado, falta de registro de fecha de ingreso y diferencias salariales contra Analía Quintana y los señores Blanch. La actora alegó haber trabajado en la panadería “La Artesana” desde el año 2005, denunciando irregularidades en su registro y en el pago de aportes.
Más allá de la controversia sustancial sobre la justificación del despido indirecto, el proceso se tornó paradigmático cuando el tribunal intentó compulsar los fallos citados por la representación letrada de la demandante. Tras una búsqueda exhaustiva en el Centro de Documentación Jurídica y en la Oficina de Jurisprudencia, se constató que los precedentes invocados no existían en los registros judiciales.
2) Juzgado o Tribunal Interviniente
La sentencia fue dictada por la Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Viedma, el 9 de diciembre de 2025. El acuerdo fue integrado por los magistrados Carlos Marcelo Valverde, Rolando Gaitán y Carlos Alberto Da Silva.
3) Decisión Tomada
En lo sustancial, el tribunal resolvió:
Rechazar en su mayor extensión la demanda por despido, al considerar que la decisión de la actora fue apresurada y contraria al principio de conservación del empleo, ya que la empleadora había iniciado el proceso de regularización registral en término.
Condenar a la demandada Analía Quintana a pagar únicamente la suma de $712.114,70 por diferencias salariales.
Advertencia Disciplinaria: Respecto al uso de tecnología, el tribunal decidió no sancionar económicamente a los letrados debido a que los hechos fueron anteriores a la vigencia de la Acordada N° 22/25 del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJRN). No obstante, se les formuló una severa advertencia para que, en el futuro, extremen los recaudos y cumplan con sus obligaciones legales en el uso de Inteligencia Artificial para la defensa de sus clientes.
4) Temática Novedosa en Relación a la Tecnología
El fallo destaca por la aplicación de la Acordada N° 22/25 y la Acordada 15/24 del STJRN, que aprueban el “Protocolo de Buenas Prácticas para el uso de Inteligencia Artificial Generativa”.
Lo novedoso radica en la identificación de la "alucinación" de la IA como una vulneración a los principios de honestidad, responsabilidad y buena fe procesal. El tribunal detectó que la redacción de las citas y la imposibilidad de localizar los precedentes permitían suponer un uso indebido de herramientas automatizadas para el armado de la acción. Este pronunciamiento establece que la magistratura posee potestades correctivas para sancionar el incumplimiento de las pautas de uso de IA, debiendo incluso remitir las actuaciones a los respectivos Tribunales de Ética o Disciplina de los Colegios de Abogados.
5) Tres Preguntas a Modo de Reflexión
1. Ante la evidencia de que el sistema judicial ya cuenta con protocolos específicos (como el de Río Negro), ¿debería la verificación de autenticidad de citas jurisprudenciales convertirse en un paso automatizado obligatorio en el control de admisibilidad de toda demanda?.
2. ¿Hasta qué punto el uso de IA sin supervisión técnica constituye una violación al deber de "lealtad y probidad" del abogado, cuando el resultado es la inducción a error del tribunal mediante precedentes inexistentes?.
3. Si la responsabilidad del abogado es reposar en la "honestidad y equidad", ¿es suficiente una advertencia judicial (como ocurrió en este caso por razones temporales) o debería la "pereza algorítmica" ser sancionada de oficio para preservar la integridad del servicio de justicia?.

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Nota: Contenido generado utilizando NotebookLM



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