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Google Street View en el banquillo: ¿Dónde termina la libertad de información y empieza el derecho a la intimidad?

La tecnología avanza a pasos agigantados, redefiniendo constantemente los límites de lo público y lo privado. Un ejemplo paradigmático es Google Street View, una herramienta que nos permite explorar el mundo desde nuestra pantalla, pero que también plantea serios interrogantes sobre la privacidad. En el caso "Tissone, Daniel Julio c/ Google Argentina SRL y otro", la justicia argentina debió analizar si la captura y publicación de imágenes de una propiedad privada constituye una violación a la intimidad y si puede ser la causa de delitos posteriores.

 

1. Breve Resumen del Caso

El señor Daniel Julio Tissone demandó a Google Argentina S.R.L. y a Google INC. por daños y perjuicios, reclamando una indemnización superior a los tres millones de pesos. El demandante alegó que la publicación de imágenes de sus domicilios, particular y laboral, en el servicio Google Street View, constituía una violación a su derecho a la intimidad. Sostuvo que las fotografías, tomadas en noviembre de 2013, mostraban el frente de su casa con el portón del garaje abierto y su vehículo saliendo, revelando así parte del interior de su propiedad.

 

Apenas tres meses después de la publicación, el Sr. Tissone sufrió un robo en su domicilio particular y otro en su domicilio laboral. A raíz de estos hechos y del temor constante, afirmó haberse visto forzado a mudarse, vender su vehículo y que sufrió pérdidas económicas y daños psicológicos y morales.

 

2. Juzgado Interviniente

El caso fue tramitado ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 4.

 

3. Decisión Tomada

El tribunal rechazó la demanda en su totalidad, con costas a la parte actora. La sentencia se fundamentó en dos pilares centrales:

1. Inexistencia de violación al derecho a la intimidad: El juez consideró que las imágenes capturadas por Street View fueron tomadas desde la vía pública y no mostraban nada diferente a lo que cualquier transeúnte podría observar. Un peritaje informático confirmó que los rostros y las patentes de vehículos son difuminados automáticamente, y que no se podía visualizar con claridad el interior de los inmuebles, en contra de lo alegado por el demandante. Por lo tanto, no se configuró una "intromisión arbitraria en la vida ajena" protegida por la ley.

2. Falta de nexo causal: El tribunal determinó que no se pudo acreditar una relación de causalidad adecuada entre la publicación de las imágenes en Street View y los robos sufridos por el actor. La sentencia argumenta que la mera existencia de las fotografías no es suficiente para atribuir la responsabilidad de los delitos a Google. Este mismo razonamiento se aplicó para desestimar el resto de los daños reclamados, como la necesidad de mudanza, el lucro cesante y los daños morales y psicológicos.

Asimismo, el tribunal desestimó la excepción de falta de legitimación pasiva de Google Argentina SRL, argumentando que no demostró ser una entidad jurídica completamente ajena a Google Inc. y que ha sido parte en numerosos procesos judiciales junto a su casa matriz.

 

4. Temática Novedosa en Relación a la Tecnología

Este fallo aborda una tensión clave en la era digital: el conflicto entre el derecho a la información —ejercido por una plataforma tecnológica de alcance global— y el derecho personalísimo a la intimidad.

La novedad radica en el análisis sobre si un servicio como Google Street View, que captura y publica sistemáticamente imágenes del espacio público, cruza la línea hacia una intromisión ilegal en la esfera privada. El servicio, descrito por el perito, consiste en ofrecer vistas panorámicas de 360 grados desde la vía pública, tomadas en un momento pasado y no en tiempo real.

 

La decisión judicial establece un criterio importante: mientras las imágenes se limiten a lo que es visible desde la calle y se tomen medidas para anonimizar datos sensibles (como rostros y patentes), la actividad se considera lícita. Esto plantea una reflexión profunda sobre cuál es el nuevo perímetro de la privacidad cuando la tecnología puede registrar y difundir globalmente cada rincón del espacio público.

 

5. Tres Preguntas a Modo de Reflexión

El caso Tissone nos invita a pensar sobre las implicaciones de la tecnología en nuestros derechos fundamentales:

1. ¿Debería existir un mecanismo de consentimiento previo para que la fachada de una propiedad privada sea publicada en una plataforma global, o la visibilidad desde la vía pública es un consentimiento implícito?

2. Si bien en este caso no se probó el nexo causal, ¿podría una tecnología como Street View facilitar la comisión de delitos? Y de ser así, ¿qué nivel de responsabilidad deberían asumir las empresas tecnológicas?

3. A medida que la tecnología de mapeo y vigilancia se vuelve más sofisticada, ¿son suficientes las leyes actuales, como el artículo 1071 bis del antiguo Código Civil, para proteger adecuadamente el derecho a la intimidad en el siglo XXI?


Boletin Legaltech fallo Tissone Street View

Acceder al fallo en Diariojudicial aquí


Nota: Contenido generado utilizando NotebookLM

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