El Algoritmo en el Banquillo: La CSJN Define la Competencia Federal ante Denuncias de Abuso de Posición Dominante Digital
- Prosecretaría de Políticas Digitales FCJyS-UNLP
- 17 dic 2025
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El comercio electrónico ha transformado el mercado, pero con él, han surgido nuevos desafíos regulatorios, especialmente en lo relativo a la competencia y el abuso de poder por parte de los gigantes tecnológicos. Un reciente pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) de Argentina, en el caso "Valloud, Ariel Hernán c/ Mercado Libre SRL y otros s/ amparo", aborda la cuestión crucial de la jurisdicción aplicable cuando un vendedor minorista impugna los sistemas algorítmicos y las prácticas monopólicas de la plataforma dominante.
1) Breve Resumen del Caso
La controversia se originó a partir de una acción de amparo y una acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por Ariel Hernán Valloud, un vendedor que opera en la plataforma, contra Mercado Libre SRL, Meli Log SRL y sus autoridades,.
El actor denunció una serie de prácticas que consideró abusivas, irrazonables y desleales, especialmente gravosas para los pequeños y medianos vendedores,. Estas prácticas incluyen la imposición unilateral de condiciones contractuales, la modificación arbitraria de los términos, retenciones y percepciones de fondos sin causa, y la aplicación de penalizaciones automáticas y discriminación económica,. La acción buscaba, entre otras cosas, que cesaran estas prácticas y se ordenaran medidas urgentes, como la posible división de la empresa por monopolio.
2) Juzgado o Tribunal Interviniente
La cuestión fue dirimida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
La CSJN intervino para resolver un conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal n° 10, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 21 y el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal n° 5,. El conflicto fue resuelto el 11 de diciembre de 2025.
3) Decisión Tomada
Reclamaciones y Peticiones Presentadas:
Valloud promovió una acción de amparo y declarativa de inconstitucionalidad para que se ordenara el cese y la adecuación de múltiples prácticas comerciales,. Específicamente, criticó:
Los sistemas de reputación y logística implementados por la demandada, que establecen parámetros irrazonables y sanciones automáticas.
El abuso de la posición dominante, el control significativo sobre las condiciones de acceso al mercado y el desarrollo de prácticas desleales.
La imposición de la utilización exclusiva del sistema Mercado Pago, sin permitir la interoperabilidad con otras billeteras digitales.
El control del 80% del comercio electrónico y 8 de cada 10 pagos digitales en Argentina, solicitando la instrumentación de medidas urgentes para la división de la empresa por monopolio.
La restitución de montos indebidamente retenidos en concepto de impuestos,.
Decisión Judicial:
La Corte Suprema declaró que resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal n° 10,.
La decisión se basó en el dictamen del Procurador Fiscal,. El fundamento principal fue que la cuestión medular planteada exige esencial e ineludiblemente interpretar el sentido y los alcances de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia, la cual es de naturaleza federal. Además, el Artículo 67 de dicha ley y su decreto reglamentario prevén la competencia del fuero Civil y Comercial Federal para los recursos directos en esta materia. El criterio de especialización atribuye a este fuero la competencia para entender en demandas cuyo tema central se vincula con la Defensa de la Competencia,.
4) Temática Novedosa en Relación a la Tecnología
La temática novedosa radica en la consolidación de la competencia federal para dirimir controversias sobre la gobernanza algorítmica y el abuso de posición dominante en plataformas digitales.
El actor no solo cuestiona actos comerciales tradicionales, sino prácticas profundamente imbuidas de tecnología:
1. Algoritmos de Reputación y Sanción: Se cuestiona la legalidad de los sistemas de reputación y logística implementados por Mercado Libre, que establecen "parámetros irrazonables" y "sanciones automáticas". La justicia debe examinar si estos sistemas automatizados discriminan o penalizan injustamente a los pequeños y medianos vendedores,.
2. Monopolio Digital y Plataformas Interoperables: Se alega que la empresa, al controlar el 80% del comercio electrónico y la gran mayoría de los pagos digitales en Argentina, abusa de su posición dominante. Específicamente, se impugna la imposición de la billetera digital Mercado Pago, sin permitir la interoperabilidad con otros servicios de pago, lo que constituye una práctica desleal y anticompetitiva en la esfera tecnológica.
Al determinar que la materia es esencialmente de Defensa de la Competencia (Ley 27.442), la CSJN asigna al fuero federal la tarea de interpretar cómo la legislación antimonopólica se aplica a las estructuras de poder y los algoritmos que rigen el ecosistema del comercio electrónico.
5) Tres Preguntas a Modo de Reflexión
1. Transparencia Algorítmica: Si los sistemas de reputación y logística de las plataformas imponen "sanciones automáticas", ¿debería el fuero federal establecer un estándar de transparencia algorítmica que obligue a la plataforma a revelar los criterios objetivos de sus parámetros para garantizar la defensa en juicio de los vendedores afectados?
2. Límites al Poder del Intermediario Digital: ¿Cómo debe evolucionar la Ley de Defensa de la Competencia (Ley 27.442) para abordar eficazmente el control significativo que ejercen las plataformas (como Mercado Libre) sobre las condiciones de acceso al mercado, especialmente cuando este control se ejerce a través de la imposición de servicios tecnológicos asociados (como Mercado Pago)?
3. Monopolio Tecnológico: Dado que el actor alega que la empresa controla el 80% del comercio electrónico y solicita la división de la misma, ¿puede la justicia argentina, a través de una acción de amparo civil y comercial federal, establecer las bases para una intervención regulatoria profunda en la estructura de una empresa tecnológica por abuso de posición dominante, siguiendo precedentes internacionales en la materia?

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Nota: Contenido generado utilizando NotebookLM



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